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Cómo se regulan los aditivos alimentarios en la Unión Europea

Los aditivos alimentarios son uno de los elementos que más dudas causa a los consumidores de a pie. Los motivos son difíciles de dilucidar, pero probablemente todo se deba al gran desconocimiento que existe en torno a estas sustancias de consumo habitual.

Efectivamente, los aditivos se encuentran ampliamente presentes en nuestro entorno. Ayudan a mejorar la calidad organoléptica y alargar la vida útil de infinidad de productos procesados que podemos encontrar en los lineales. Por supuesto, todos los aditivos son sometidos a rigurosos controles de seguridad y calidad que garantizan su estricta utilidad en el panorama agroalimentario.

¿Qué son los aditivos?

Los aditivos alimentarios son sustancias añadidas intencionalmente a los alimentos con una finalidad tecnológica concreta. En este sentido, no se añaden de cualquier forma a los alimentos, sino que deben aparecer cuando la necesidad tecnológica está justificada.

De esta forma, los aditivos alimentarios cumplen con funciones muy diversas que varían desde un papel colorante, aromático o edulcorante, hasta propósitos conservantes o antioxidantes. La gama de aditivos aprobados para su uso en la Unión Europea es sumamente amplia, por lo que se vigila estrechamente por parte de la comunidad científica con la finalidad de adaptar sus ingestas diarias admisibles a las nuevas evidencias:

  • Colorantes que empiezan con el código E-100. Por ejemplo: rojo carmín cochinilla o E-120.
  • Conservantes que empiezan con el código E-200. Por ejemplo: nitrito de sodio o E-250.
  • Antioxidantes que empiezan con el código E-300. Por ejemplo: ácido cítrico o E-330).
  • Emulgentes, estabilizantes, espesantes y gelificantes que empiezan con el código E-400. Por ejemplo: pectinas o E-440.
  • Antiaglomerantes que empiezan con el código E-500. Por ejemplo: cloruro de calcio o E-509.
  • Potenciadores del sabor como E-621: el famoso glutamato monosódico.
  • Agentes de recubrimiento como E-901 y E-904: cera de abejas y gomas laca, respectivamente, ambas naturales.
  • Edulcorantes como E-950 y E-967: acesulfame-K y xilitol, respectivamente.

Regulación de los aditivos en la Unión Europea

Para regular la función de los aditivos se utiliza el parámetro IDA. La IDA o Ingesta Diaria Admisible se refiere a la cantidad de un aditivo que puede consumir un ser humano al día durante toda su vida sin que se produzcan daños apreciables en su salud. Esta cifra se mide en mg/kg de peso corporal, y es una de las principales métricas que se utilizan para vigilar la seguridad de los aditivos.

No todos los aditivos tienen una IDA fijada. Cuando se establece es porque el aditivo en cuestión ha mostrado algún efecto negativo en base a estudios animales. Es importante remarcar este apartado, ya que los aditivos no se regulan en base a estudios en seres humanos. Eso significa que la evidencia que proporcionan es limitada, por lo que deben aplicarse factores de seguridad adicionales para garantizar que los aditivos no causen ningún tipo de problema en la salud humana a largo plazo.

Exactamente, se aplica un factor adicional de seguridad de 100. Esto quiere decir que si la IDA de un hipotético aditivo es de 4000 mg/kg de peso corporal en base a los estudios científicos, esta se fija finalmente en 40 mg/kg de peso corporal para mayor seguridad. De esta forma, vemos que los aditivos cuentan con férreas medidas de seguridad y vigilancia que garantizar su adecuada funcionalidad en toda la Unión Europea.

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